A través de la Resolución 28/2026, la Secretaría de Agricultura simplificó los requisitos para registros nacionales. La medida busca eliminar la duplicación de documentos en sectores como la avicultura, la pesca y la industria de fertilizantes.
En un nuevo paso hacia la desregulación administrativa, el Ministerio de Economía de la Nación oficializó la eliminación de la obligatoriedad de presentar habilitaciones municipales o provinciales para diversos trámites nacionales vinculados al sector agroindustrial. La normativa, firmada por el secretario Sergio Iraeta, apunta a terminar con la duplicación de documentación que, según el Gobierno, generaba costos innecesarios y demoras por la heterogeneidad de criterios entre las distintas jurisdicciones del país.
La medida impacta de manera directa en regímenes clave, como el registro de establecimientos productores de huevos fértiles y aves libres de patógenos, así como en el Registro de Fabricantes de fertilizantes químicos. En el sector pesquero, también se simplificaron los requisitos de inscripción y renovación, estableciendo que será suficiente con cumplir las normas nacionales y, en los casos que corresponda, contar con la habilitación de Senasa.
Desde la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca señalaron que exigir habilitaciones locales para registros nacionales resultaba ineficiente y difícil de estandarizar. Esta decisión se alinea con los decretos de desregulación impulsados por el Ejecutivo, que buscan fomentar la libre competencia y eliminar restricciones que afecten la oferta de bienes y servicios en el mercado interno y externo.
No obstante, la resolución aclara un punto fundamental: la simplificación de estos trámites nacionales no exime a los productores y empresas de cumplir con las normativas provinciales o municipales vigentes. Los actores del sector deberán seguir respetando las reglas de cada jurisdicción, aunque ya no necesiten acreditarlas ante los organismos del Estado nacional para avanzar con sus gestiones administrativas.







